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🚨 Modifican el Reglamento de la Ley Aduanera


Hoy 23 de febrero de 2026 se publicó el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Aduanera, con el objetivo de modernizar los procesos electrónicos, fortalecer el control aduanero y reconocer nuevas figuras operativas dentro del comercio exterior mexicano.


1. Fortalecimiento del Sistema Electrónico Aduanero

  • Se amplía el uso de medios electrónicos para trámites, documentos digitales y pedimentos, permitiendo utilizar sello digital u otros medios tecnológicos autorizados por el SAT como mecanismo de identificación.

  • Se establecen requisitos para operar en el sistema: e.firma vigente, RFC activo, domicilio localizado y registro de correo electrónico para notificaciones.

  • La información transmitida electrónicamente debe coincidir con el expediente digital y conservarse conforme a la Ley.

✅ Enfoque: Digitalización integral, trazabilidad documental y responsabilidad directa del titular del medio de identificación.


🖥 2. Regulación más detallada de la prevalidación electrónica

  • El capítulo correspondiente ahora se denomina “Procesamiento Electrónico de Datos y Prevalidación Electrónica”, reforzando el rol de los prestadores de este servicio.

  • Se precisan obligaciones:

    • Validar estructura, datos y cumplimiento normativo del pedimento.

    • Mantener servicio continuo y confidencialidad de la información.

    • Permitir verificaciones presenciales o remotas de la autoridad.

✅ Enfoque: Mayor control técnico sobre validadores y calidad de la información declarada.


🏛 3. Reconocimiento normativo de nuevas figuras y órganos

  • Se incorporan definiciones formales como:

    • ANAM (Agencia Nacional de Aduanas de México).

    • Mandatario aduanal como persona autorizada por agente o agencia aduanal.

    • Consejo Aduanero como órgano colegiado previsto en la Ley.

  • Se adiciona un capítulo específico sobre Agencias Aduanales, reflejando su consolidación operativa.

✅ Enfoque: Alineación reglamentaria con la estructura institucional vigente del sistema aduanero.


🚢 4. Nuevas obligaciones de transmisión anticipada de información logística

Se refuerzan deberes de transportistas y operadores:

  • Navieras, agentes de carga y empresas de mensajería deben transmitir manifiestos de carga electrónicos con descripción de mercancías y documentos de transporte.

  • Aerolíneas deben enviar información de pasajeros y tripulación al Sistema Electrónico Aduanero.

  • En tráfico terrestre se exige declarar datos del contenedor, vehículo y placas, y pagar el pedimento al menos una hora antes del cruce.

✅ Enfoque: Control anticipado del riesgo y mejor gestión de la cadena logística.


📦 5. Ajustes operativos en despacho, reconocimiento y control documental

  • El acuse electrónico no valida la veracidad de lo declarado ni limita facultades de comprobación de la autoridad.

  • Se refuerza la obligación de integrar expedientes electrónicos y conservar documentación soporte del valor en aduana.

  • Se permite subdividir mercancías en varios pedimentos identificando el mismo acuse de valor para trazabilidad.

✅ Enfoque: Mayor fiscalización posterior al despacho.


6. Cambios relevantes para IMMEX, recintos y operaciones especiales

  • Las empresas IMMEX pueden considerar retornadas las mercancías transferidas si cumplen con el procedimiento y acreditan congruencia con su proceso productivo.

  • Se establecen requisitos tecnológicos, de trazabilidad y monitoreo en tiempo real para recintos fiscalizados estratégicos.

  • Se regulan costos, destrucción, donación y manejo de mercancías embargadas o propiedad del Fisco.


🔐 7. Medidas de seguridad y trazabilidad en tránsito y transporte

  • Uso obligatorio de candados oficiales o electrónicos en contenedores durante tránsito aduanero.

  • Se regula la consolidación de carga terrestre y el seguimiento de rutas y tiempos de traslado.

✅ Enfoque: Seguridad física y monitoreo del movimiento de mercancías.


🧭 Conclusión Ejecutiva

La reforma no cambia la esencia de la Ley Aduanera, pero sí representa una actualización estructural orientada a tres ejes clave:

✔ Digitalización obligatoria y trazabilidad electrónica total.

✔ Mayor control operativo sobre actores logísticos y tecnológicos.

✔ Reconocimiento formal de nuevas figuras (ANAM, agencias aduanales, Consejo Aduanero) y fortalecimiento institucional.


En términos prácticos, implica más cumplimiento documental electrónico, mayor responsabilidad del contribuyente y supervisión tecnológica del despacho aduanero.


 
 
 

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